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ADUANA DE CUBA: QUEDA PROHIBIDA LA EXPORTACIÓN E IMPORTACIÓN DEL MEDIO DE PAGO DENOMINADO PESO CONVERTIBLE.

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La Aduana de Cuba ha publicado en su pagina web una nota aclaratoria sobre la importación de los dos tipos de monedas que circulan en Cuba, el peso convertible (CUC) y la moneda nacional (CUP).

NOTA ACLARATORIA SOBRE LA IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN DE MONEDA NACIONAL Y PESO CONVERTIBLE DE PASAJEROS:

Tenemos el gusto de remitirle la edicion digital de la Gaceta Oficial extraordinaria No. 21, de 16 de octubre de 2019, la que entre otras disposiciones pública la Resolución No. 276, de 15 de octubre de 2019, del Presidente del Banco Central de Cuba, la que dispone en su Resuelvo Primero que los pasajeros pueden exportar e importar a su salida y entrada del territorio nacional sumas que no excedan los dos mil pesos cubanos (2000 CUP) en efectivo, en cualquier denominación, u otros instrumentos de pago o títulos de créditos utilizados en la práctica bancaria internacional y en su Resuelvo Segundo dispone que queda prohibida la exportación e importación del medio de pago denominado peso convertible de curso legal, en cualquier denominación.

Deroga la Resolución No. 18, de 1ro. de marzo de 2012, dictada por el Ministro-Presidente del Banco Central de Cuba.

Entra en vigor a los treinta (30) días posteriores a su publicación en la Gaceta Oficial de la República, por lo que comienza a regir a partir del 16 de noviembre de 2019.

Clic en la imagen para descargar la Gaceta: Información en este número Gaceta Oficial No. 21 Extraordinaria de 16 de octubre de 2019

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