El Tribunal Provincial Popular de La Habana dio a conocer este martes las condenas de 9 y 15 años a los autores de los delitos de «difamación de las instituciones y organizaciones y de los héroes y mártires, de carácter continuado, y de daños a bienes del patrimonio cultural».
El tribunal dio por probado que los acusados Panter Rodríguez Baró y Yoel Prieto Tamayo, «puestos de común acuerdo para desacreditar la imagen de José Martí», compraron «seis piedras de la droga conocida comúnmente como cocaína con parte del dinero recibido por una ciudadana cubana residente en los Estados Unidos», la que «consumieron para la realización de los eventos delictivos».
Los autores comenzaron a «derramar sangre de cerdo sobre cuantos bustos y pancartas de nuestro Héroe Nacional» y demás «próceres de la Revolución se encontraban en las vías públicas», detalla la publicación.
En TV Nacional pudo comprobarse el pasado año que las acciones fueron «grabadas con el móvil del acusado Jorge Ernesto Pérez García, quien las remitió a sus vínculos residentes en los EE.UU.» y luego publicadas Facebook, Instagram y otros sitios.
Según el texto publicado en Tribuna de La Habana, tanto en la tramitación de la causa como en el acto del juicio oral el proceso contó «con el cumplimiento de las garantías procesales establecidas y el respeto al debido proceso consagrado en la Constitución de la República».
Aclaram también que los sancionados y la Fiscalía tienen el derecho de interponer recurso de apelación contra dicha decisión del órgano judicial.