Al fin las autoridades se han pronunciado acerca de lo que denominan «el perfeccionamiento del trabajo por cuenta propia y su sistema de control». Las medidas se anuncian ahora, pero no entrarán en vigor hasta la primera quincena de diciembre.
El periodo de espera servirá, según el discurso oficial, para que los cuentapropistas estudien lo legislado y puedan, durante los seminarios que recibirán, evacuar todas sus dudas.
Sin embargo, es difícil que esos seminarios logren atenuar la incertidumbre que se abate sobre el mundo del trabajo por cuenta propia. Son muchos los cabos que quedaron sueltos tras el anuncio oficial, además de la dosis de subjetivismo que se desprende de algunas de las medidas mencionadas.
Por ejemplo, se dice que a 41 actividades que se realizan en La Habana les serán aumentados los impuestos, pero no se especifica cuáles serán esas actividades. De igual forma, otras seis actividades pasarán del régimen simplificado de tributación, al régimen general, con la obligación de presentar la Declaración Jurada de Ingresos Personales que ello conlleva. Tampoco se menciona cuáles serán esas seis actividades.
En cuanto a la comercialización de productos culturales se aclara que «se sancionará, tanto en la plástica como en el libro, la comercialización de productos con contenidos lesivos a los valores éticos y culturales, y que no estén en correspondencia con las normas vigentes por el Ministerio de Cultura». ¿Acaso serán sancionados los vendedores de libros de uso que oferten en sus tarimas ejemplares de Rafael Rojas, Zoé Valdés, Guillermo Cabrera Infante y Antonio José Ponte, entre otros?
Mención aparte para las medidas que se anuncian para controlar a los transportistas privados. Habrá un nuevo experimento en la capital para «reordenar» el servicio que prestan esos vehículos. Algunos de esos taxistas serán incorporados a piqueras con rutas fijas a recorrer, aunque no queda claro si las tarifas serán libres —oferta-demanda—, o si el Gobierno las topará.
Particular impacto ha producido entre los trabajadores por cuenta propia la obligación que recaerá sobre un grupo de ellos en el sentido de abrir y operar cuentas bancarias donde depositar los ingresos que genere la actividad. Llevarán dichas cuentas los propietarios de restaurantes (paladares) y bares, las cafeterías, los arrendadores de viviendas, habitaciones y espacios, los que realizan servicios constructivos, y los taxistas.
Lo anterior implica que las autoridades tributarias —en primer término la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT)— tendrán todo el tiempo la información acerca de los ingresos que perciben esos cuentapropistas, y así sugerirles a las instancias pertinentes —aún no se ha anunciado cuál o cuáles— que actúen para que impidan la tan cacareada concentración de la riqueza.
A propósito, a ese objetivo de impedir la concentración de la riqueza contribuirá también la disposición sobre la obligatoriedad de desempeñar solamente una actividad por cuenta propia. A aquellos cuentapropistas que actualmente desempeñan más de una actividad, se les darán 90 días a partir de la primera quincena de diciembre para que decidan con cuál de ellas se quedan.
Entre las denominadas contravenciones que podrían dar al traste con la licencia de un cuentapropista, se cuenta la de aquellos que aparecen en papeles como dueños de un negocio, pero que en realidad lo que hacen es representar al verdadero propietario. De esa forma se trata de evitar que un trabajador por cuenta propia pueda, de una manera u otra, poseer la propiedad de más de un negocio. Otro modo de combatir la concentración de la riqueza.
Como vemos, los elementos de línea dura de la nomenclatura, aun a contrapelo de lo recogido en la versión definitiva de la Conceptualización del Modelo Económico y Social de Desarrollo Socialista, donde se acepta que algún cuentapropista pueda acumular cierta riqueza, cierran filas para impedir que ello ocurra en la práctica.
Con información de DC