Al amparo de la Resolución No.112 del año 2020, decretada por el Banco Central de Cuba, se ha realizado la apertura de un total de 187 cuentas en MLC, el Banco Metropolitano (BANMET) comunicó en nota de prensa que se implementarán mecanismos necesarios para garantizar la apertura de cuentas corrientes en Moneda Libremente Convertible (MLC) por parte de las personas naturales y jurídicas cubanas que lleven a cabo actividades vinculadas al comercio exterior. El escrito aclara:
“Para esta apertura se requiere, en primera instancia, del documento de identidad, y un documento oficial que autorice a ejercer el trabajo por cuenta propia u otra forma de gestión no estatal, emitido por la autoridad competente o copia certificada del documento que acredita la constitución de la persona jurídica, según corresponda”.
Es necesaria también la inscripción en el Registro de Contribuyentes de la ONAT, en correspondencia con lo estipulado en la legislación especial vigente y, para las personas naturales, depósitos financieros nunca inferiores al equivalente de cien dólares estadounidenses (USD). Las formas de gestión no estatal que cuentan actualmente con cuentas corrientes en el Banco Metropolitano, tendrán que presentarse ante la sucursal, donde tengan radicadas sus cuentas para realizar la solicitud de apertura.
“Las cuentas corrientes en moneda libremente convertible se hacen operativas, cuando las formas de gestión no estatal presenten al banco, el contrato suscrito con la entidad autorizada para realizar actividades de comercio exterior”, añade la información que se dio a conocer este martes.
Cualquier duda sobre la oferta de servicio de apertura de cuentas corrientes en moneda libremente convertible (MLC) para las formas de gestión no estatal, será atendida por el departamento de Comunicación Institucional y Mercadotecnia del Banco Metropolitano S.A. Con ese objetivo se ha habilitado el correo electrónico: [email protected].
La apertura de cuentas en MLC para la modalidad de compra en un grupo de tiendas dedicadas a esos fines en las diferentes provincias del país, se extendió a otras modalidades del comercio interior, luego de abrirse otras tiendas para la venta de alimentos, aseo, y productos de primera necesidad. Estos comercios solo venden a cubanos que dispongan de efectivo en dólares estadounidenses o canadienses, euros, pesos mexicanos, yenes japoneses, y otras divisas extranjeras valoradas según su cambio al USD, y bajo la denominación de MLC. Los clientes solo podrán comprar con tarjetas magnéticas asociadas a las respectivas cuentas.