La directora general de Notarías y Registros Públicos del MINJUS, Olga Lidia Pérez Díaz, ofreció algunas explicaciones al sitio Web Cubadebate, referentes a los precios en pesos cubanos de los servicios notariales y registrales en Cuba. Sobre el incremento de las cuantías de los trámites en materia de matrimonios y divorcios expuso:
“Nosotros cumplimos con la indicación del país. En el caso de las tarifas que se prestaban habitualmente en pesos cubanos a las personas que residen en Cuba, se multiplicaron por el indicador establecido. Mientras, las otras que cubren los servicios para extranjeros, se ajustaron según la tasa de cambio vigente. El incremento responde a esa actualización”.
Los servicios prestados en las oficinas registrales del Estado Civil continúan siendo gratuitos. “Solo se cobra el impuesto sobre el documento, que se materializa en el sello de timbre definido en el Anexo 4 de la Resolución No.113 del Sistema Tributario”, esclareció.
Al referirse a la formalización de matrimonios en Cuba, la directiva señaló que este trámite se puede realizar dentro o fuera de la unidad notarial. Establecer un matrimonio en Cuba, no necesariamente requiere la contratación de un notario, también pueden casarse en los Registros del Estado Civil y en los palacios de los matrimonios, “institución esta última eminentemente cubana, creada a inicios de la Revolución para estimular que las parejas formalizaran su unión, bajo el principio de la familia como célula fundamental de la sociedad”.
Los precios para formalizar matrimonio en Cuba, revela la Pérez Díaz, servicio que antes costaba 50 pesos, en la actualidad “se multiplica por diferentes indicadores y coexisten tarifas diferenciadas en función de la locación donde se realice”. Por ejemplo, si el matrimonio se realiza en una unidad notarial, tiene un costo de 75 pesos cubanos, si el notario “debe personarse fuera de esta”, el costo se incrementa a 300 pesos cubanos, el aumento “responde a que, en ese lapso, el notario deja de atender a otros clientes, sin descartar que muchas veces sucede fuera del horario laboral”.
En el caso de casamientos realizados en los palacios de matrimonios y en los Registros del Estado Civil, la formalización es gratuita. Únicamente se cobra el sello del timbre, “a razón de cinco pesos, según el anexo 4 de la Ley 113”.
Los precios para la formalización de matrimonios entre ciudadanos cubanos y extranjeros son:
- Por la formalización dentro de la unidad notarial: 13 125.00 CUP
- Por la formalización fuera de la sede notarial:
- en horario laboral: 2500.00 CUP
- fuera del horario laboral: 3750.00 CUP
- inmediatez (dentro de las 24 horas): 1875.00 CUP
Para la formalización de matrimonios entre ciudadanos extranjeros en Cuba el precio es de 7500.00, si es como parte de una oferta turística cuesta 10 000.00 CUP.
Con respecto a los divorcios en Cuba, la directora explicó que tras la Tarea Ordenamiento cuestan 240 pesos (su precio anterior era de 80 CUP). Esto implica que se multiplicó por el indicador 3, “uno de los más bajos”.
Los precios relacionados con el divorcio en Cuba son los que se siguen:
- Consultas para promover proceso de divorcio: 625.00 CUP
- Divorcio por mutuo acuerdo 570,00 CUP
- Divorcio por justa causa 570,00 CUP
Para los servicios de obtención y legalización de documentos:
- Obtención de certificación de sentencias de divorcio 3750.00
Los servicios notariales dirigidos a las personas naturales cubanas con residencia permanente en el exterior y a las extranjeras que no ostentan la condición de residentes permanentes en el territorio nacional:
- Divorcio 12 500.00 CUP
Matrimonio por poderes:
Para la prestación de servicios notariales a personas naturales con residencia permanente en el territorio nacional:
Poderes
a) General 75.00
b) Especial 90.00
c) Por su revocación 75.00
En todos los casos, si el poder se otorgó por más de un poderdante se cobrará por cada uno adicionalmente (con excepción de la comunidad matrimonial de bienes) 15.00
Servicios notariales dirigidos a las personas naturales cubanas con residencia permanente en el exterior, a las que no ostentan la condición de residentes permanentes en el territorio nacional:
Poderes
a) General 2500.00
b) Especial 3750.00
c) En ambos casos, si el poder fuera otorgado por más de un poderdante, se cobrará por cada uno adicionalmente 250.00.