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Regresa el toque de queda en La Habana para vehículos y personas entre 9:00 pm y 05:00 am

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Las máximas autoridades del gobierno en La Habana han decidido regresar al toque de queda tanto para personas personas como vehículos a partir de este 5 de febrero, en el horario de 9:00 p.m. a 5:00 a.m.

La medida, según el diario Tribuna de La Habana, estará vigente hasta que la situación epidemiológica sea favorable.

Por lo pronto, a las autoridades les preocupa «la presencia de menores realizando actividades de cualquier tipo en la vía pública«, situación que transgrede las prohibiciones establecidas para tales fines.

El máximo dirigente del Partido Comunista de Cuba en la capital, Luis Torres Iribar, advirtió que los padres responsables de esos menores serán multados con cuotas de 2 mil pesos.

También se dispuso reforzar el mecanismo de control de entrada a La Habana con un sistema de permisos para vehículos y personas que accederán por los puntos de control establecidos, y quienes accedan por otras entradas también serán multados con 2 mil pesos.

Se mantienen habilitados los 12 puntos de control de entrada y salida de la ciudad para la prohibición del paso de los vehículos estatales o particulares sin la autorización.

Solo se autorizarán, para situaciones que se justifiquen y estrictamente humanitarias, tales como: en función de la economía, fallecidos, viajes al exterior (el chofer y el que va a viajar), cita de embajadas (el chofer y la persona que acude a la cita), y otras causas que se puedan comprobar y no puedan ser postergadas.

Se entregará una tarjeta de permiso especial a los que tengan Carné de Identidad de otra provincia y estén residiendo en la capital.

Asimismo, se valorará la situación de los residentes en otras provincias que reciben tratamiento médico en La Habana, con vistas a facilitar su entrada y salida de la ciudad.

Las demás medidas aprobadas anteriormente se mantienen, entre ellas la obligación del uso del nasobuco, la desinfección de los medios al concluir cada viaje y la ocupación de la capacidad de pasajeros de pie aprobada de 20 en los rígidos, 30 en los articulados y 10 en los de menor capacidad.

Los trabajadores por cuenta propia que ejercen como transportistas ejercerán la actividad en el horario autorizado.

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