Los ministerios de Finanzas y Precios (MFP) y Comercio Exterior y la Inversión Extranjera (MINCEX) emitieron este viernes una resolución que establece los aranceles de importación para todos los tipos de productos.
La norma legal, publicada en la Gaceta Oficial número 6 extraordinaria de la República de Cuba, establece los aranceles de aduanas de las mercancías, tanto a los que corresponda aplicarles la tarifa general como la de nación más favorecida.
Estos últimos se relacionan por secciones, capítulos, partidas, subpartidas y grupos en el Anexo Único que se adjunta y forma parte integrante de la presente Resolución, en correspondencia con la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Clasificación de Productos, establecida mediante la Resolución 107, emitida por la Jefa de la Oficina Nacional de Estadísticas e Información.
La carne de animales de la especie bovina fresca, congelada, refrigerada o fresca, en canales o medias canales, deshuesada, aparece en el límite hasta 10 kg; carne de cerdo fresca, refrigerada o congelada en piernas, paletas y trozos sin deshuesar hasta 10 kg.
En el apartado de los pescados y crustáceos, tanto las truchas, carpas, sardinas, jureles, entre otros, no tienen ningún límite.
En el caso del yogur; suero de mantequilla, leche y nata (crema) cuajadas, kéfir y demás leches y natas (cremas), fermentadas o acidificadas, incluso concentrados o con adición de azúcar u otro edulcorante, aromatizados o con frutas u otros frutos o cacao, hasta 10 kg.
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