El presidente cubano Miguel Díaz-Canel Bermúdez en la noche de ayer jueves 10 de diciembre, comunicó el esperado fin de la dualidad monetaria en Cuba, proceso que comenzara el próximo 1ro de enero.
Momentos después de la intervención, la Gaceta Oficial de la República de Cuba en su emisión Extraordinaria No.68, publicó detalles sobre el proceso de la unificación monetaria.
El Decreto Ley No.17 para la Implementación del Proceso de Ordenamiento Monetario, establece, que se dispondrá de 180 días contados a partir del 1ro de enero del 2021, para definitivamente retirar de la circulación el peso convertible (CUC), por lo que la población podrá hasta decurso el termino anterior, cambiar la totalidad de CUC que tengan en su poder.
Una vez pasado los seis meses establecidos, el peso convertible perderá todo poder legal.
“En el transcurso del plazo de ciento ochenta (180) días contados a partir de la unificación monetaria y cambiaria, el peso convertible en efectivo en poder de las personas naturales es aceptado para su canje en las casas de cambio y sucursales bancarias a la tasa de cambio establecida a la entrada en vigor del presente Decreto-Ley”, precisa el Artículo 3.1 de este Decreto Ley.
Durante este plazo en todas las tiendas u otros establecimientos previamente autorizados, se aceptará en pesos convertibles (CUC) solamente como método de pago, para contribuir a retirarlo de la circulación, por lo que el vuelto se realizará en pesos cubanos (CUP).
El Decreto establece que “como resultado de la unificación cambiaria se devalúa la tasa de cambio del peso cubano frente a las monedas extranjeras en el segmento de las personas jurídicas y se establece una sola tasa de cambio del peso cubano para toda la economía”.
La tasa de cambio del peso cubano frente a las monedas extranjeras se determinará por el Banco Central de Cuba y se publicará diariamente en el sitio WEB de esta Institución y otras vías que sea posible.