En la Gaceta Oficial Número 79 Extraordinaria de fecha 21 de diciembre de 2020, fueron publicadas las peticiones y resoluciones de la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba, (ETECSA) y la Empresa de Tecnologías de la Información para la Defensa (XETID).
La Resolución No. 157/2020 expresa que, Etecsa, constituida como sociedad anónima mediante el Decreto-Ley 50 de 15 de enero de 1982 y el Acuerdo 2728 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, solicitó la emisión de licencia al Banco Central de Cuba, para operar como entidad no financiera de apoyo a las instituciones financieras en el territorio nacional.
En la Resolución No. 158/2020 se explica que, XETID, constituida mediante la Resolución No. 17 de fecha 28 de febrero de 2013 del Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, pidió se emitiera la correspondiente licencia al Banco Central de Cuba, para funcionar como entidad no financiera de apoyo a las instituciones financieras en el territorio nacional.
Ambas resoluciones establecen que Etecsa y XETID han sido autorizadas por el Banco Central para desarrollar en Cuba, las actividades determinadas en el Artículo 19 del Decreto-Ley No. 362 “De las instituciones del Sistema Bancario y Financiero” de 14 de septiembre de 2018 como entidad no financiera que presta servicios de apoyo a las instituciones financieras en el territorio nacional.
La compañía de telecomunicaciones de Cuba, ejercerá como proveedor de servicios de pagos a través de la operación y gestión de la plataforma Transfermóvil, permitiendo a los suscriptores de la red celular, tanto personas naturales como jurídicas, interactuar con sus cuentas bancarias, pagar servicios públicos, gestionar servicios de telecomunicaciones y realizar pagos en el entorno del comercio electrónico en el país.
Etecsa cumplirá con varios requisitos entre ellos, disponer de toda la infraestructura requerida, debe adoptar las medidas de seguridad asociadas a la actividad autorizada, conciliar las operaciones efectuadas con tarjetas RED, desarrollar adecuados sistemas de control interno y de atención al cliente que garanticen la protección al consumidor.
Con respecto a Xetid, ejercerá como proveedora de servicios de pagos a través de la operación y gestión de la plataforma ENZONA, permitiendo a los usuarios que registre, interactuar con sus cuentas bancarias, pagar servicios públicos y realizar pagos en el entorno del Comercio Electrónico en Cuba.
Por su parte, XETID deberá igualmente disponer de la infraestructura requerida y adoptar las medidas de seguridad relacionadas con la actividad, actuar como centro de procesamiento, gestión y monitoreo de las transacciones que se realicen, de acuerdo con lo establecido por el Banco Central de Cuba.
Además, deberá procesar y enviar los datos a REDSA para la conciliación de las operaciones efectuadas, establecer mecanismos para asumir pérdidas y desarrollar adecuados sistemas de control interno y de atención al cliente que garanticen la protección al consumidor.