La instrucción 1/2022 del BCC que entró en vigor este viernes ha obligado a diversas embajadas latinoamericanas en Cuba, a suspender sus servicios consulares toda vez que no les permite cambiar a divisa los ingresos de trámites facturados en pesos cubanos (cup).
Entre estas, por ejemplo, la Embajada de Panamá en La Habana, indicó en una nota oficial que todos aquellos servicios consulares, muy demandados actualmente por los cubanos, que requieren de pagos están “temporalmente” suspendidos “hasta nuevo aviso”; desde este viernes 10 de junio de 2022. Los servicios serán reanudados “una vez elConsulado de Panamá en Cuba pueda acondicionar nuevos mecanismos de pago”.
Tanto las embajadas como los consulados, establece la normativa, pueden cobrar por sus servicios consulares «en moneda extranjera o en pesos cubanos», según ellas mismas establezcan, pero las representaciones que opten por cobrar los servicios consulares en pesos cubanos, sólo podrán «depositar los fondos en una cuenta en esa moneda».
Indica, además, que «desde las cuentas en pesos cubanos de las embajadas y consulados» no se podrán realizar «traspasos hacia las cuentas en moneda libremente convertible, ni pagos hacia el exterior». Los pagos pueden efectuarse mediante transferencia, ya sea con pesos o con divisa extranjera, excluyendo el dólar estadounidense.
Esta decisión les impide a dichas delegaciones transferir a sus países el dinero obtenido en concepto de recaudación consular por los servicios que prestan por lo que no ha sido recibida de muy buenas ganas.
Algunas fuentes afirman que la decisión de las autoridades cubanas se debe a la diferencia entre el tipo oficial -de un dólar a 24 pesos- y el cambio en el mercado informal, donde el billete estadounidense cuesta unos 100 cup actualmente, por lo que el cambio de moneda nacional a extranjera al tipo oficial y la salida del país de estas divisas resultaba inconveniente para Cuba.
