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Gobierno cubano exonera de impuestos a quienes realicen venta de garaje

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Los cubanos que realizan la actividad de venta de garaje quedaron exonerados del pago de los impuestos sobre los Ingresos Personales y sobre las Ventas.

La disposición fue emitida por el Ministerio de Finanzas y Precios mediante la Resolución 323, publicada en la Gaceta Oficial No. 68 Extraordinaria, del 30 de julio de 2021.

El tratamiento tributario para estas ventas se establece tomando en consideración que estas no tienen carácter sistemático y que tienen por objetivo dinamizar el comercio y diversificar las ofertas de productos a la población.

Como modalidad de comercialización minorista eventual, este tipo de ventas fueron aprobadas recientemente en el país.

De acuerdo con la Gaceta Oficial, se trata de una modalidad de comercialización minorista eventual, cuya venta se realiza en garajes, portales y otras áreas residenciales, que no obstruyen el tránsito por aceras y vías. Además, pueden organizarse por autoridades territoriales en parques y otras áreas, con el mismo concepto.

Para realizar las ventas de garaje, los artículos a comercializar serán de uso doméstico y personal, usados, seminuevos y nuevos. Sin embargo, se excluyen de este tipo de comercialización lotes de artículos nuevos importados y de la industria nacional, pieles de animales y maderas preciosas y alimentos.

Las personas no requieren de licencia comercial ni de trabajador por cuenta propia. Los permisos para esta actividad son otorgados por la oficina designada del Consejo de la Administración Municipal, previa información de las autoridades municipales, en un plazo no inferior a una semana anterior a la fecha autorizada.

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