Nueva Ley en Cuba permite que cuentapropistas renten locales, cafeterías y restaurantes del Estado

Ministerio de Comercio Interior de Cuba (MINCIN) aprobó una nueva legislación sobre el procedimiento para la licitación de locales estatales a trabajadores privados, lo que representa, de alguna manera, un beneficio para quienes están acogidos a esta forma de trabajo por cuenta propia.

Aunque en la noticia que fue publicada por el medio oficialista Cubadebate, se define a esta parte de la población y de la economía cubana como un “complemento” financiero, es un sector al que el Gobierno se ha visto obligado a recurrir cuando sectores estatales como la gastronomía y los servicios frecuentemente se derrumban.

El gobierno cubano se ha mantenido reticente a conceder autonomía a los cuentapropistas,ya que la dirección del país no reconoce en este sector una posibilidad de aportar a la economía nacional por encima de sus macroempresas.

En la Resolución 48, publicada en la Gaceta Oficial número 31, se estipulan los pasos a seguir para llevar a cabo la renta legal a gestores no estatales de establecimientos de las entidades del comercio, la gastronomía y los servicios de subordinación local y de las entidades nacionales del sistema de Comercio del Estado.

La licitación, según la nueva reglamentación, no solo accederá a adjudicar inmuebles estatales en arrendamiento para el uso y disfrute de los trabajadores particulares encargados de su administración (con total libertad de gestión), sino que también se podrá vender o rentar los bienes muebles de esos locales.

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Podrán realizar solicitudes, trabajadores de las unidades a ofertar que, además, participarán en el proceso, cuentapropistas, cooperativas no agropecuarias referidas a estas actividades, y por demás naturales cubanos interesados en su gestión.

Cuando la licitación sea otorgada a un titular en un plazo máximo de 30 días hábiles después de presentada la solicitud, este deberá asumir a los empleados de la entidad. En caso de que ellos no deseen continuar trabajando bajo las condiciones impuestas por el nuevo gestor (de forma privada o en asociación a una cooperativa no agropecuaria), se aplicará lo que establece la legislación laboral vigente.

La regulación contempla algunos “impedimentos para participar en el proceso de licitación”, entre los que se encuentran “ser residente de una provincia distinta de donde se encuentra enclavado el establecimiento a licitar”; y también “haber cometido fraude o engaño en proceso de licitación anterior”.

Asimismo, tampoco podrán solicitar el procedimiento personas que hayan sido sancionadas por haber cometido delitos “contra la economía nacional o los derechos patrimoniales”, en caso de no estar reinsertado en la sociedad, o que, como sanción accesoria, le esté prohibido el ejercicio de alguna actividad u oficio vinculada al comercio interior, “siempre que los antecedentes penales no hayan sido cancelados”.

También quedan imposibilitados aquellos sancionados con alguna medida disciplinaria de separación definitiva del sector o de la entidad, en el sistema de Comercio Interior y que no han sido declarado como rehabilitado de acuerdo a la normativa laboral vigente; o haberse retirado sin una justificación apropiada con el contrato de arrendamiento ya firmado.

Los trabajadores del sector privado en Cuba, se redujeron en 14.600 entre 2019 y 2020. El aumento de las multas y las sanciones, la escasez de materias primas e insumos, el alza de los precios, la inflación, la pandemia de coronavirus y el problema del cambio real y en el mercado negro del peso cubano, son las mayores dificultades que enfrentan hoy los cuentapropistas en la isla.

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