El gobierno de Cuba, denunció como otro acto de política hostil de Washington contra la Revolución y dirigidos a objetivos económicos de la Isla, el descarrilamiento del tren que cubre la ruta Mariel-Habana-Cárdenas.
En Sala de los Delitos contra la Seguridad del Estado del Tribunal Provincial Popular de La Habana se realizó el pasado 24 de diciembre de 2020, el juicio oral y público correspondiente a la causa número cuatro de 2020, seguida por los delitos de sabotaje y otros actos contra la seguridad del Estado, en él comparecieron como acusados Miguel Ángel Rodríguez Batista, Yoandris Ortiz Meriño, Raidel Sánchez Mayedo, Joaquín Camejo Corrales y Lázaro Yerson Ramos Salín, por los hechos relacionados con el descarrilamiento intencional del tren, según una nota informativa de esa institución judicial.
Las pruebas presentadas por el órgano judicial, demostraron que el acusado Rodríguez Batista, por mediación de Yasser Izquierdo Hernández, contactó con Luis Mario Vela Reyes, ambos cubanos residentes en EE. UU., y que este último le prometió un pago de mil dólares norteamericanos por descarrilar alguno de los trenes que circulan por la vía férrea que enlaza el Mariel, provincia de Artemisa, con La Habana.
Como prueba, Miguel Ángel Rodríguez Batista debía entregar la grabación de sus acciones e involucró a los restantes acusados, quienes, conociendo que serían retribuidos económicamente, aceptaron participar, excepto Yoandris Ortiz Meriño, que, a pesar de no aceptar, no notificó a las autoridades correspondientes un hecho de tal gravedad.
Con el propósito de concretar sus planes, el 25 de mayo de 2019, pasadas las diez de la noche, los cincos encartados se personaron en el kilómetro 14,750 de la línea férrea mencionada, y, mientras Ortiz Meriño observaba desde un lugar próximo, sus compinches en la fechoría desprendieron y separaron uno de los raíles, provocando que, algunas horas después, el tren de carga 1223, con la locomotora No. 312031, que se dirigía de la Terminal de Contenedores del Mariel hacia el municipio de Cárdenas, se descarrilara.
El hecho provocó daños a la vía férrea y afectaciones por un monto total de 400 000 pesos en moneda nacional. El 19 de julio de ese propio año, el ciudadano Vela Reyes viajó a Cuba y le pagó a Miguel Ángel Rodríguez Batista solo la cantidad de 500 pesos cubanos convertibles, ya que la filmación del suceso, no fue entrega de acuerdo con lo que habían pactado.
El tribunal consideró los hechos como delitos de sabotaje, previsto en los Artículos 140.1 a) y 105 c) y ch) del Código Penal, y de otros actos contra la seguridad del Estado, regulado en el Artículo 128 de la propia norma legal. Por la gravedad de los actos ilícitos cometidos por los procesados, sus características y condiciones personales, así como las restantes circunstancias concurrentes en los hechos, los jueces del caso aplicaron, sanciones de entre 17 y 24 años de privación de libertad y, por el otro ilícito, al acusado Yoandris Ortiz Meriño, la pena de tres años de privación de libertad.
En todos los casos se impusieron las sanciones accesorias, consistentes en prohibición de los derechos públicos y las restricciones migratorias, referidas a la emisión de pasaportes y salida del territorio nacional. Contra el dictamen y ante el Tribunal Supremo Popular, a los sancionados y a la fiscalía les asiste el derecho que la ley les da de establecer el recurso de casación.